Los establecimientos de Cantabria deben disponer de un cartel donde se indique que «Exiten Hojas de reclamaciones» a disposición del consumidor que las solicite.
Las hojas de reclamaciones deberán encontrarse anunciadas en los establecimientos mediante carteles colocados al efecto en sitio claramente visible al público.
- Cartel Exiten Hojas de reclamaciones de Cantabria
Letrero Exiten Hojas de reclamaciones de Cantabria más grande para imprimir (pdf), descargatelo aquí.
El consumidor puede solicitar estas hojas en cualquier establecimiento de Cantabria si considera que no se han respetado sus derechos.
Puede presentar su reclamación en cualquier oficina del Gobierno de Cantabria
Reclamaciones y sugerencias al Gobierno de Cantabria:
Si tiene problemas con la administración regional puede rellenar esta hoja de reclamaciones.
En esta página puede formular sugerencias y reclamaciones al Instituto Cántabro de Servicios Sociales
RECLAMACIONES EN MATERIA DE TURISMO:
CONSISTE EN
Poner en conocimiento de la Administración, posibles incumplimientos derivados del funcionamiento de los establecimientos turísticos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. NORMATIVA DE APLICACIÓN
LEY de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de ordenación del turismo de Cantabria.
REAL DECRETO 2199/1976, de 10 de agosto, sobre reclamaciones de los clientes en los establecimientos de las empresas turísticas.
3. REQUISITOS
Cualquier usuario o cliente de un servicio turístico.
Para formular su reclamación el cliente de un establecimiento podrá en cualquier momento interesar al Director o de la persona responsable que se halle al frente del mismo, y en su defecto, el titular de la Empresa, la entrega de una «Hoja de Reclamación».
Cuando se trate de una reclamación sobre precios, sólo podrá exigir el cliente la «Hoja de Reclamación» previo pago de la factura.
4. HOJA DE RECLAMACIONES
La Hoja de Reclamación es un medio que la Administración pone a disposición de los clientes de los establecimientos turísticos, a fin de que puedan formular sus quejas en el mismo lugar en que se produzcan los hechos.
Esta compuesta por tres ejemplares:
La hoja 1 o de color blanco en el caso de las hojas en papel, se remitirá por el reclamante a la Dirección General de Turismo de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
La hoja 2 o de color azul en el caso de hojas en papel, quedará a disposición del reclamante.
La hoja 3 o de color rosa en el caso de hojas en papel, quedará en propiedad del Director o persona responsable del establecimiento.
Al original de la reclamación el cliente unirá cuantas pruebas o documentos considere, para el mejor enjuiciamiento de los hechos, especialmente la factura, cuando se trate de reclamación sobre precios.
5. LUGAR DE REMISIÓN
Se remitirá por correo postal o mediante registro en una administración pública, o por cualquier medio valido en derecho a la siguiente dirección:
Dirección General de Turismo C/ Miguel Artigas, no 2- 3a planta-39002 Santander.
No se admitirán por correo electrónico.
OMIC Oficina Municipal de Información al Consumidor de Santander
Dirección: Cisneros, 2 – 3º
Código postal: 39007
Localidad: Santander
Teléfono: 942 200 742
Fax: 942 200 699
Correo: omic@ayto-santander.es
Información:
Horario: 8:30 a 14:00 horas